DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a VENTURA MILANO ELIKAR y ROBLES MAVAREZ CARLOS ALBERTO, plenamente identificado en autos, investigados por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el articulo 80, 82 y 83 del Código Penal en grado de frustración con circunstancias agravantes prevista en el articulo 77 numerales 8, 11 y 17 del Código Penal Venezolano, de conformidad con lo establecido en el ordinal 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, EXTINGUIÉNDOSE ASÍ LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expues.....