Este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: de conformidad con el artículo 47 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda revocar la suspensión condicional del proceso al ciudadano BENITO ANTONIO MORALES SÁNCHEZ, venezolano, cédula de identidad número V-11.138.613 aplicando sentencia condenatoria por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. el cual prevé una pena de OCHO (08) A VEINTE (20) MESES DE PRISION y aplicando la dosimetría penal queda la pena a imponer en CATORCE (14) MESES, como término medio, y de acuerdo a la aplicación del artículo 375 respecto a la Admisión de hechos se rebaja en un tercio la pena y queda la pen.....