Por todas las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación Fiscal presentada contra el ciudadano ENDER JOSE MARQUEZ, por la comisión del delito de Invasión, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, por considerar que están llenos los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se admiten las pruebas tanto documentales como testimoniales promovidas por el Ministerio Público. SEGUNDO: SE DECRETA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, conforme lo establece el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal (vigencia anticipada), TERCERO: Se impone como medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad consistente en la presentación cada 30 días. CUARTO: Se ordena la remisión del presente asunto.....