DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, y se le impone al ciudadano: ELIAS JUNIOR PIÑA YANCE, Titular de la cedula de identidad Nº- 29.513.970 Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el articulo 582 Literales "B" consistente en la entrega del adolescente a su representante legal, a los fines de su vigilancia y control literal "H" consistente en la obligación de incorporarse al sistema educativo y "F" consistente en 1.- No andar con personas de dudosa reputación. 2.- No puede transitar después de la seis (6:00) de la tarde, sin la compañía de su representante legal. 3.- Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y alcohólicas. 4.- la Prohibición de pararse en las esquinas. 5.- Prohibición de incurrir en otro hecho delictivo. 6.- Prohibición de portar armas de fuego. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de la defensa pública en relación a la Libertad Sin Restricciones. TERCERO: se ordena seguir la presente causa por el procedimiento .....