Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por el abg. JAVIER ORTEGA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 238.080 actuando en su condición de Procurador del Trabajo y apoderado judicial de la Ciudadana MARGALI BIARNELI ZEPPENFELDT MAVAREZ, identificado con la cédula de identidad Nº. V-13.203.977.