este Tribunal debe analizar si las condiciones o supuestos que sirvieron de fundamento para decretar la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del acusado de autos, en la oportunidad respectiva, han variado, o si ha ocurrido un hecho o circunstancia nueva, tan relevante que amerite la concesión de una medida Cautelar; para lo cual se ha hecho una revisión de la causa, y se ha observado que las condiciones que existieron para imponer al acusado de la Medida Privativa Judicial Preventivas de Libertad no han variado, de manera que se haga procedente acordar el cambio de dicha medida por libertad plena o una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad; aunado a ello persisten los elementos de convicción que estimó el Tribunal para presumir que el acusado, ha sido partícipe en la presunta comisión de los hechos punibles investigados y que les imputa el Ministerio Público, haciendo presumir al Tribunal que se requiere asegurar que el proceso no se retarde y que no se vea b.....