DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCÓN Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN en acatamiento a las normas antes citada, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECIDE: Declarar en Estado de Ejecución la Transacción celebrada por los ciudadanos RICHARD TEOLINDO PULGAR PULGAR y la Abg. YOLAI DEL CARMEN CHIRINOS GARCIA, actuando como apoderada judicial del ciudadano FELIX SAUL REYES, en fecha 07-11-2012 y homologada por este Tribunal mediante sentencia de fecha 26-11-2012, y de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil se le concede un plazo de tres (03) días de Despacho, para que el demandado cumpla voluntariamente con la obligación, contados a partir de que conste en autos la notificación de la parte demandada.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este Despacho. Dado, firma.....