En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal 2º en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 346 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve: Primero: CONDENA a cumplir la pena de DOCE AÑOS (12) AÑOS, CINCO (5) MESES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRESIDIO, al ciudadano ELIS OMAR LUGO MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.213.509, nacido en Coro, estado Falcón, en fecha 05-12-89,, domiciliado en La Velita II, 2-B casa N° 07, vereda 81, Coro, Estado Falcón, por el delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACCION, previsto y sancionado en el articulo 406, numeral 3ª literal a, en concordancia con el articulo 80, en su segundo aparte ambos del Código Penal, concatenado con los artículos 64 parágrafo Único de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las .....