Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad al ciudadano quien dijo ser y llamarse: ELIECER ANTONIO ROJAS PRIMERA, titular de la cédula de identidad N° 17.136.307, de 23 años de edad, nacido en fecha 09/09/1984, de profesión OBRERO, hijo de MIGDALIA PRIMERA y SIXTO ANTONIO ROJAS PRIMERA, domiciliado en el BARRIO LAS MARGARITAS CALLE ACUEDUCTO CASA N° 17, CERCA DE LA PLANTA ELECTRICA, PUNTO FIJO ESTADO FALCON, por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 en su Tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.