Fue recibida por distribución de fecha Siete (07) de Marzo de dos mil veintitrés (2023), solicitud de DIVORCIO (MUTUO CONSENTIMIENTO), dándosele entrada en fecha 10-03-2023 y en el mismo auto se dicta despacho saneador conforme a lo previsto en los Artículos 7, 10, 11 y 206 del Código de Procedimiento Civil, motivado a que en el escrito de solicitud de Divorcio no consta el domicilio de los solicitantes. En relación con lo anterior, el artículo 340 del Código de Código de Procedimiento Civil establece lo siguiente:
"El libelo de la demanda deberá expresar: