Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros, declara procedente la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano AMADO EULOGIO HENRÍQUEZ, de conformidad con el procedimiento consagrado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, donde aparece el nombre y apellido de su madre como SABINA ENRÍQUEZ, debe decir MARIA SABINA HENRÍQUEZ Así se decide