En fuerza de los anteriores argumentos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: Con lugar la inhibición formulada por la abogada JENNY RODRIGUEZ LAMON, en su condición de Juez Segundo de Protección de Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo.
Remítase el presente expediente al Juez competente, que deba sustituir a la Juez JENNY RODRIGUEZ LAMON y comuníquese a ésta última, de la presente decisión, mediante oficio.