En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la Materia para conocer de la presente DEMANDA DE DECLARACIÓN POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, presentada por el ciudadano MIGUEL ANTONIO MEDINA CHIRINOS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARTA ELENA PEROZO de SÁNCHEZ; plenamente identificados en autos; de conformidad con lo previsto en los artículos 28, 60, y 690 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3º de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02-04-2009. En consecuencia, se acuerda:
PRIMERO: Se considera COMPETENTE para conocer del presente asunto al Tribunal de Primera Instancia en lo Ci.....