esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, dicta los siguientes pronunciamientos: Con Lugar la incidencia de RECUSACIÓN planteada por el Abogado Cruz Alejandro Graterol Roque, plenamente identificado, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Oscar Rodríguez Torres, sin identificación en el escrito Recusatorio, contra el Abogado Josue Omar Reverol, quien regenta el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro. En consecuencia, continuará conociendo del asunto principal el Juez al que correspondió por Distribución su conocimiento, por virtud de la recusación interpuesta, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así se decide.