Al respecto, consta en las actas procesales que en fecha 12 de abril del 2007, El Juzgado Cuarto de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús E. Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, actuando por comisión emanada del Juzgado de la causa practico la medida de embargo ejecutivo sobre bien inmueble propiedad del demandado ciudadano CLAUDIO E. BOSCAN SILVA, titular de la cedula de identidad Nº 7.815.311, a partir de la fecha en la cual es materializada dicha ejecutoria, consta que la parte actora vencedora a través de su apoderado judicial profesional del derecho GERMAN ZAMBRANO SUESCUM, inpreabogado Nº 73.485, le confiere impulso procesal por ultima vez a la etapa de ejecución de sentencia en fecha 09 de febrero de 2010, espacio de tiempo en el que solicita del A-quo, sea ratificado el oficio Nº 828, emitido en fecha 01 de octubre de 2009, a la Entidad Financiera Banco Banesco Universal, solicitud a la que se dio cum.....