Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: SUGERY BENITA GARRILLO BLANCO y LUIS DANIEL PEROZO MIQUILENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-14.844.764 y V-13.932.947, respectivamente, domiciliada la primera en: Villa Departamental Chorillo con calle Simón Bolívar, bloque 1400, Dep.31, República de Chile; y el segundo, en Villa Departamental Costanera, bloc 1470, Dep.33, República de Chile; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia José Domingo Rus, Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha: 19/02/2009, según consta en Acta N° 7. SEGUNDO.....