este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano: GERMANSO GABRIEL LADINO ROMANO, venezolano, de edad 20 años titular de la cedula de identidad, N° V-26.537.875, fecha de nacimiento 21-12-1996, ocupación comerciante, residenciado sector cruz verde de la cruz de Taratara, calle Azuaje, casa s/n, en frente de la plaza cruz verde. Municipio Sucre del Estado Falcón teléfono: 0426-263.0649 por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE MATERIALES ESTRATEGICOS, previstos y sancionados en los artículos 34 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 300, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se decreta el cese inmediato de la MEDIDA JUDICIAL.....