en consecuencia este Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como Juzgado de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA N°. 2004-195, todo de conformidad con lo establecido en artículo 561, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 108, Numeral 7º del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece: "Finalizada la investigación, el Fiscal del Ministerio Pública deberá:... e) Solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permita el ejercicio de la acción". Dada y Firmado en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falc.....