DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley, acuerda conforme a lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, la desestimación de la denuncia que formulara la ciudadana GLORIA AMPARO MALDONADO DE LARA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.333.857, residenciada en la calle Panamá, entre avenida Ramón Ruiz Polanco, esquina con callejón San Luis, sin número, en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Punto Fijo Estado Falcón, en contra de la ciudadana YAJAIRA CONTRERAS, y Así Se Decide. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en su oportunidad legal, a los fines legales consiguientes, todo a tenor de lo previsto en los Artículos 302 en concordancia con el Artículo 315, ambas del Código Orgánico Procesal P.....