DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la Acusación interpuesta contra ENDRYS JOSE LUGO, por el Delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el numeral primero del artículos 453 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana DORIS COROMOTO MOLINA USEA, y admite la totalidad de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, y de conformidad con lo establecido en los artículos 41 y 42 del Código Orgánico Procesal Penal, aprueba el acuerdo reparatorio en la cual el Acusado se compromete en este acto a entregarle víctima en el plazo de un mes contados a partir del presente acto la cantidad de Diez Mil Bolívares (Bs. 10.000), en consecuencia se suspende el proceso durante ese lapso y se fijó la audiencia para e.....