Que este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA sin lugar la solicitud realizada por la Defensa privada relacionada a que se le otorgue arresto domiciliario al penado LUIS ENRIQUE CORDERO, titular de la cedula de identidad Nº V.-22.608.226 y en consecuencia MANTIENE la decisión acordada en fecha 13 de septiembre del presente año e impuesta al penado el 20 del mes y año en mención; ordenando su reingreso a la Comunidad Penitenciaria del Estado Falcón a la orden de este Tribunal. Todo de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.