En consecuencia, este Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial con competencia en los Delitos de Violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la NULIDAD ABSOLUTA de la DE LA SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN DEL ACUSADO DE AUTOS y de la PRUEBA ANTICIPADA que se practicare ante el Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas de este circuito Judicial, para escuchar la declaración de las víctimas adolescente y niña del presente asunto, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no se encontraron faltas respecto a la intervención, asistencia o representación del imputado ni violación de derechos y garantías fundamentales de las establecidas en la Constitución o en los tratados, convenios o acuerdos suscritos y ratificados por la.....