Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACION la Transacción en los términos convenidos en la misma, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 3, parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
SEGUNDO: Consecuencialmente le otorga el carácter de COSA JUZGADA. Así se decide.
TERCERO: Déjese copia certificada por secretaria de la presente sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el Artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 4 del Artículo 72 de la Ley Orgánica de.....