En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, de Conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO, de propiedad a favor del ciudadano RAFAEL SANTANA CEDEÑO PRINCIPAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 747.339, domiciliado en el Municipio Colina, Estado Falcón, la cual esta comprendida dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Terreno propiedad de la Asociación Civil Comunitaria Trabajadores de Fundaregión.
SUR: Terrenos ocupados por Federico Cedeño y terreno denominado Comunidad de los Olivos.
ESTE: Terrenos ocupados por Federico Cedeño.
OESTE: Oeste: Terreno propiedad de Trabajadores de Fundaregión.
Demarcado por los puntos de coordenadas levantadas en proyección Universal Transversal de Mercator (UTM.....