DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y y el consecuente SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO tal como lo prevé dispositivo legal N° 561 en su literal "D" de la Ley Especial en la materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes, de la presente causa seguida en contra del adolescente identificado en autos por su presunta comisión en el delito de HURTO AGRAVADO en contra de la red de alimentos MERCAL, de conformidad con los artículos 615 y 628 de la Ley para la Protección de niños, niñas y adolescentes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, a los veintiún (21.....