Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por INDEMNIZACION POR VICIOS OCULTOS, interpusiera el ciudadano BLAS ANDRES FACENDA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 9.447.189, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES BILVAN C.A. Sociedad de Comercio inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 20/02/2005, bajo el Nº 17, tomo 14-A SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.