Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: UNICO: Revisada como ha sido la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad que pesa en contra del ciudadano WILFREDO REYES COVA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°7.470.300, residenciado en el Barrio Colombia Sur, calle 7 en La Vela de Coro, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 408, 278 y 415 todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos VENTURA RICHARD (OCCISO), VENTURA JOSE ALBERTO, DANIEL, HUGO; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal interpu.....