Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, soltero, de 17 años de edad, nacido en fecha OMITIDA, de profesión u oficio obrero, residenciado en Municipio Miranda del Estado Falcón, por la presunta comisión de un hecho punible en situación de flagrancia, establecido en el artículo 153 de la LEY DE DROGAS, cuya sanción decretada por este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 582 (literal "b") de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en la obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su progenitora y representante legal IDENTIDAD OMITIDA, Y (literal "c") de presentarse periódicamente .....