Este Tribunal de Ejecución de Penas, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su extensión Punto Fijo, a los fines de dar efectiva ejecución a la pena que aún resta por cumplir el penado de marras, a tenor de lo pautado en el artículo 479 del Copp, ordena la Convocatoria a una Audiencia Oral y Pública de conformidad con lo preceptuado en el artículo 483 a realizarse el 30 de Marzo del año 2005 a las 9 AM en cualquiera de las Salas de audiencia de éste Circuito, y en la cual se debatirá, junto con todas las partes presentes, la revocatoria o no del Beneficio concedido al penado en fecha 18 de Abril del año 1991, a tenor de lo pautado en el numeral del artículo 11 de la derogada Ley de Beneficios de Libertad Bajo Fianza, así como las razones por las que éste incumpliere con la condición impuesta por el Tribunal de Presentación una vez al mes por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, y así se decide.
Se ordena a su vez, oficiar a la Unidad de alguacilazgo a.....