Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Orden de Aprehensión en contra de los ciudadanos: JOSE FRANCISCO SANCHEZ SANCHEZ, ya identificado, por el Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, en grado de COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, establecido en el ordinal primero del artículo 408 en concordancia con el 426 todos del Código Penal, y WILFREDO ANTONIO LUGO AMAYA, ya identificado, por Cooperador Pasivo en el Delito de Homicidio Calificado, establecido en el ordinal primero del artículo 408 del Código Penal en relación con el ordinal segundo del artículo 84 Ejusdem, en perjuicio de ERMEN JOSE SANCHEZ. En consecuencia líbrese la respectiva Orden de Aprehensión y remítase con oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a las Fuerzas Armadas Policiales, al Comisario de la DISIP y a.....