Por todo los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente transcrito, es por lo que en consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Extensión Punto Fijo, declara SIN LUGAR, la petición planteada por los profesionales del derecho Maria Clara y Luís Hernández, en sus carácter de defensores de los ciudadanos ROBERTO ANTONIO PETIT, JOSÉ ROBERTO PETIT, KELBIN ELI ROMERO NAVEDA, RAFAEL DAVID TREMONT MAVO, DAVID ANTONIO SANCHEZ y WILFREDO YAMARTE MEDINA, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; al tomar en consideración el principio de proporcionalidad en virtud del presunto daño causado en el presente asunto penal, ello concatenado con el fin de asegu.....