Por las razones antes expuestas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente; y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, solicitado por los Ciudadanos: LIGIA MIRELA JELENKOVIC Y FRANK JOSE CUAURO CHIRINO, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 13.901.526 y V-9.519.650 respectivamente,
En consecuencia se ordena remitir Copias certificadas de la presente decisión y con el oficio respectivo a las Autoridades Competentes, Ciudadanos: Coordinador de Registro Civil del Municipio Miranda así como también al Registrador Principal ambos del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil Venezolano Vigente.-Asimismo se le advie.....