En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado Jesús Alberto Dicurù Antonetti, en representación del ciudadano ALEJANDRO MIGUEL SUAREZ PRESTE, contra el auto de fecha 14 de marzo de 2006, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual negó el petitorio de nulidad del proceso pedido por el apelante, con motivo del juicio que por resolución de contrato de compraventa sigue DESARROLLOS 80699 C.A., contra aquél, auto que se confirma.
Se condena en costas al apelante.