este Tribunal Segundo en Función de Control, de la Sección Penal del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal en santa Ana de Coro estado Falcón, en aras de garantizar el debido proceso, y la tutela judicial efectiva en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Ordena PRIMERO: DECRETA: ARCHIVO JUDICIAL, en la presente causa, seguida en contra del ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , (no posee mas datos de identidad), por la supuesta comisión de uno de los delitos contra la propiedad. SEGUNDO: Se decreta así mismo el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelar o de aseguramiento, que se les hubiesen impuesto al ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA