este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio el Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro en nombre de la Republica Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud para que se entienda DESISTIDA LA ACUSACION PROPIA, formulada por el ciudadano JESUS MONTILLA APONTE, asistido por los apoderados judiciales PABLO ENRIQUE CASTELLANOS CAÑIZALES y HENRY NELSON PETIT, de conformidad con lo establecido en el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese, regístrese.