Por los fundamentos y razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal TERCERO de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR las solicitudes interpuestas por el DR. PABLO J. MENDOZA OROPEZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.671, referidas entre otras cosas, a que se dejase sin efecto la orden de allanamiento dictada por este Tribunal en fecha 19 de Julio del presente año.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
El Juez
Abg. Néstor Luis Castellano Molero
La Secretaria,
Abg. Juanita Sánchez Rodríguez