DISPOSITIVO
Por los motivos de hecho y derecho anteriormente narrados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la demanda que por demora en el pago de la liquidación final, ha incoado el ciudadano DAVID DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.442.436, debidamente representado por su apoderada judicial procuradora del trabajo abogada JONATHAN LUGO. Venezolano, mayor de edad. Titular de la cedula de identidad numero 17.135.421. Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.043, en el juicio contra la Empresa CONSORCIO REZUL.....