Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN efectuada en el juicio por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL Y GANANCIALES, incoado por la ciudadana GILDA JEANETTE MENDOZA LÓPEZ, contra el ciudadano PEDRO CRIMALDI ANTONUCCIO, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.