DECISION
En merito de los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA actuando en SEDE CONSTITUCIONAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para sustanciar la presente acción de amparo constitucional intentada el ciudadano JOSE MANUEL GARCIA CARVAJAL, en contra de la medida judicial ejecutiva decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, todos identificados Up Supra.
SEGUNDO: Se declina la competencia para sustanciar y decidir la presente Acción de Amparo, al Juzgado Superior Civil, de esta circunscripción judicial. Se ordena remitir, al Tribunal declinado, original del expediente. Líbrese oficio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.....