Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 236, 237, 238 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara IMPROCEDENTE la revisión y sustitución de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano VIRGILIO JESUS COLMENARES CONTRERAS, de nacionalidad venezolana, natural de La Grita Estado Táchira, fecha de nacimiento 08-09-1978, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.281.664, estado civil casado, de ocupación comerciante, domiciliado en Vía Principal el Cobre La Grita, sector Boca Quea, Casa S/N°, Estado Táchira, teléfono 0414-976-63-22, a quien se le instruye la presente causa por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO Y COMERCIALIZACION DE MATERIALES ESTRATEGICOS.....