En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Se declara el Cese de la Medida impuesta al Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA en fecha 31 de Marzo de 2003 y la cual cesaría en fecha 5 de Mayo de 2005.. Quedaron notificadas las partes en sala de la presente decisión, notifíquese a la Defensoria Integral de la Familia, Niño Niña, con sede en Punto Fijo. Notifíquese, regístrese y publíquese la presente resolución.
La Juez de Ejecución Sección Adolescente.
Abg. Mireya Medina Carreño.