DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y CONSECUENTE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida en contra de IDENTIDAD OMITIDA de nacionalidad venezolano, soltero, quien para el momento que ocurrieron los hechos contaba con 16 años de edad; por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los Delito previstos en los Artículos 415 y 218 Numeral 3 del Código Penal de los denominados CONTRA LAS PERSONAS y CONTRA LA VIOLENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD específicamente LESIONES PERSONALES GRAVES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, de conformidad con lo previsto en los artículos 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, 48 numeral 1° y 318 numeral 3° .....