Por las razones anteriores este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA de fecha once (11) de abril del año 2024, peticionado por el Ciudadano JAVIER REINALDO RODRIGUEZ ALVAREZ, titular de la cedula Nº V-7.364.766; actuando en su carácter de Presidente de la firma Comercial AGROPECUARIA EL SALAO, C.A. debidamente inscrita el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, bajo el Nº 42, Tomo 67-A, del año 2008, expediente 365-313, Rif J29669379, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JORGE LUIS RIVAS SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V-8.144.310, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 27.997, sobre un lote de terreno denominado "AGROPECUARIA EL SALAO", .....