DISPOSITIVA
En razón de los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL RÉGIMEN NUEVO COMO PARA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del ofrecimiento y/o acuerdo de pago realizado en la cantidad de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,oo), en el juicio incoado por el ciudadano ALEXANDER RAMON NAVARRO PRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.138.587; contra la sociedad CONSTRUCTORA RIZICA, C.A., y el ciudadano JESUS ALBERTO ZIRIT RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.289.602; por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales; le imparte el carácter de cosa juzgada y como consecuencia de lo decidido, declara.....