Por las razones expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos CANDELARIO RAMON ROJAS y FILOMENA DEL CARMEN REYES DE ROJAS, mayores de edad, venezolanos, casados, domiciliados en la Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón; , titulares de las cedulas de Identidad Nos V-3.099.139 y V-6.144.437, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio NANCYS ZEA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 155.787, y consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos, en fecha Tres (03) de Enero del 1.979, por ante la Prefectura del Municipio Federación del Estado falcón (hoy Dirección de Registro civil, Seguridad y Orden Publico del Municipio Federación del Estado Fa.....