ÙNICO: Conforme a lo previsto en la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara SIN LUGAR la solicitud hecha por la Abogada Karlin Herrera, en ocasión al Decaimiento de la Medida de Coerción personal, a favor del acusado: JOSE ATENCIO TORRES (...), acusado del presunto delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1° y OCULTAMIENTO DE ARMA BLANCA, de conformidad con lo establecido en el articulo 277 del Código Penal vigente, en concordancia con el articulo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio del ciudadano JOSE ANTONIO RATTIA VILLANUEVA (OCCISO) y EL ESTADO VENEZOLANO. Registrese. Notifíquese la presente decisión a las partes del presente asunto. Cúmplase.