este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal Decreta: Medida Cautelar sustitutiva de libertad en contra de GONZALEZ AÑEZ ARGENIS JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 11.140.422 ,con domicilio en Barrio San José, diagonal a ferretería Montoya, calle Venezuela, casa N° 38, Coro, estado Falcón, por la comisión del delito de posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Dicha medida consistirá en un régimen de presentación de cada Quince días por ante alguacilazgo.
El procedimiento se regirá por las reglas del procedimiento Ordinario, conforme lo ha solicitado el Ministerio Fiscal y se ordena la de.....