Por los motivos expuestos, este Juzgado de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Capatárida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, según lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39.152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006 en su Artículo 3, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo derechos de terceros, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: TEODOSIO RAMÓN PRIMERA REYES y GEOMAGLE ROSA HERNÁNDEZ NOROÑO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.691.460 y V-9.931.244 respectivamente, ambos identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día Veintiséis (26) de Abril del año 1976, por ante la Prefectura del Distrito Democracia del Estado Falcón (Hoy Registro Civil del Municipio Democracia del Estado Falcón, con sede en P.....