Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: AUTORIZA el traslado del ciudadano BERNARDO GUILLERMO ARIZA LUGO, titular de la Cedula de Identidad N° 9.517.859, desde el Centro Penitenciario de Aragua (Tocorón) hacia la Comunidad Penitenciaria de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, en atención a lo establecido en el artículo 26 de nuestra carta magna. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa de designar Correo Especial a los fines de entregar boleta de traslado en el establecimiento penitenciario donde se encuentra recluido el acusado, de conformidad con lo previsto en el artículo 511 de la norma adjetiva penal. Cúmplase.