En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MAGALY JOSEFINA GOITIA, mediante diligencia de fecha 27 de octubre de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 21 de octubre de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de acuerdo al artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano ALEXIS JOSÉ COLINA contra la ciudadana MAGALY JOSEFINA GOITIA. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre l.....